ABOGADOS DE HERENCIAS EN MALAGA

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HERENCIAS MALAGA TRAMITES A SEGUIR TRAS LA MUERTE DE LA PERSONA ABOGADOS DE HERENCIAS EN MALAGA TRAMITACION INTEGRA DE HERENCIAS 

La FIRMA CENTURY ABOGADOS HERENCIAS cuenta con Abogados especialistas en la tramitacion integra de la herencia, haya o no testato el fallecido

A continuacion nuestro abogado experto herencias malaga le explica los pasos a seguir en caso de fallecimiento por parte de los herederos: abogados de herencias en malaga

Una vez que se produce la muerte de la persona, los tramites a seguir en cuanto a su herencia dependeran de los siguientes elementos: ABOGADOS DE HERENCIAS EN MALAGAab

–       Si el fallecido ha dejado testamento

–       Si no lo ha dejado ABOGADOS DE HERENCIAS EN MALAGA

–       Grado de parentesco con el fallecido ABOGADOS DE HERENCIAS EN MALAGA

Explicamos de modo simplificado los pasos que en cada caso debe seguir el heredero:

Solicitar el Certificado literal de Defunción ante el Registro Civil  ABOGADOS DE HERENCIAS EN MALAGA

Si no sabemos si existe o no testamento solicitar un Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad.

En este Registro administrativo constan todos los testamentos hechos por una persona a lo largo de su vida. ABOGADOS DE HERECIAS EN MALAGA

3.Si el causante hubiese hecho un testamento entonces la Sucesion o Herencia será Testamentaria y los bienes y derechos se trasmitirán del modo en que el fallecido hubiese dispuesto en el testamento.

Índice

También deberán solicitar un Certificado del Registro de seguros con cobertura de Fallecimiento, a fin de saber si el causante había contratado alguna póliza de seguro de vida.

4. Para poder disponer de los bienes y derechos del causante los herederos testamentarios deberán solicitar una copia autorizada del testamento. El único testamento valido será el de fecha más reciente. La copia se pedirá en la notaria donde se otorgo el testamento para lo cual debemos acompañar la solicitud con los certificados del Registro General de Actos de última Voluntad y el de defunción. ABOGADOS DE HERENCIAS EN MALAGA

En el testamento constará quienes son los herederos y en que proporciones. También, se debe constatar si existe designación de albacea testamentario, que será aquella persona designada por el testador para ejecutar lo dispuesto por él.

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5. Declaración de Herederos

Si de la obtención del Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad surge que el fallecido no había hecho testamento la Sucesión o Herencia será Intestada o Ab Intestato, que quiere decir herencia sin testamento. En este caso será necesario que un notario o un juez declaren quienes son los herederos.

Declaracion por notario: cuando el fallecido haya dejado conyuge viudo, descendientes o ascendientes. ABOGADOS DE HERENCIAS EN MALAGA

Declaracion de herederos judicial: cuando el fallecido no haya dejado conyuge viudo, descendientes ni ascendientes, se tramitara la declaración ante el juzgado competente.

6.Tras realizar el inventario será necesaria la redacción del cuaderno particional, que es el documento en el que se recogerá los datos de los herederos designados, los bienes, derechos, deudas y las adjudicaciones que se hagan a los herederos y legatarios. La escritura de herencia ante notario será necesaria si queremos que las adjudicaciones se inscriban en el Registro de la Propiedad. Pero ni la escritura ni la inscripción en el Registro de la Propiedad es obligatoria.

Podrán hacer un Documento Privado :

1-  Aquellos herederos no les interese hacer la partición de bienes ya sea por que no tienen intensión de venderlos ni adjudicárselos en concreto entre ellos

2-  El heredero único

3-  Cuando la herencia solo se componga de dinero, acciones o bienes muebles.

Tras el inventario se redacta el cuaderno particional, que es el documento en el que se recogerá los datos de los herederos designados, los bienes, derechos, deudas y las adjudicaciones que se hagan a los herederos y legatarios.

La escritura de herencia ante notario será necesaria si queremos que las adjudicaciones se inscriban en el Registro de la Propiedad. Pero ni la escritura ni la inscripción en el Registro de la Propiedad es obligatoria.

Podrán hacer un Documento Privado :

1-  Aquellos herederos no les interese hacer la partición de bienes ya sea por que no tienen intensión de venderlos ni adjudicárselos en concreto entre ellos

2-  El heredero único

3-  Cuando la herencia solo se componga de dinero, acciones o bienes muebles.

Solo sera necesario legitimar la firma del documento ante notario. Este documento también deberá ser redactado por un abogado ya que variará su contenido según los herederos sea llamados a la herencia por el testador o por la ley.

 Impuesto de Sucesiones

Hecha la adjudicación de su parte a cada heredero deberá pagarse el Impuesto de Sucesiones

El plazo para pagar es de 6 meses desde el fallecimiento del causante.

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Prorroga

Se puede pedir una prorroga de 6 meses, solicitándola antes de transcurridos los 5 meses desde el fallecimiento, está una vez concedida comenzara a contar desde que termine el plazo de los primeros 6 meses y trae consigo la imposición de intereses de demora hasta el dia de la presentación del documento o  la declaración.

El impuesto se pagará en la administración competente de la Comunidad Autonoma donde el causante tenia su residencia habitual en los 5 años anteriores al fallecimiento.

Otro impuesto que corresponde abonar es la Plusvalia ( Impuesto Municipal del Incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana) al ayuntamiento donde estén situados los bienes inmuebles. Su coste suele ser elevado y el plazo para pagarlo será de 6 meses prorrogables a un año mediante solicitud del interesado.

Entrega de Bienes

Una vez liquidados los impuestos se puede tomar posesión de lo que nos corresponde.

a. Inmuebles

Inscripción en el Registro de la Propiedad

b. Dinero, valores y seguros:  se debe acudir con el cuaderno particional a los bancos, entidades aseguradoras y demás a solicitar la entrega de lo que corresponda. Se debe acreditar el pago de los impuestos a dichas entidades para que realicen la entrega dado que entidades bancarias y cajas pueden retener el dinero de las cuentas hasta que no se demuestre el pago de los impuestos.

c. Vehículos: En el caso de los vehículos deberá hacerse la transferencia ante la Dirección General de tráfico.

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