Sentencia del Tribunal Constitucional sobre Plusvalía

Sentencia del Tribunal Constitucional sobre Plusvalía

En Century Abogados contamos con Abogados especialistas en Plusvalía, nuestros expertos quieren contarnos qué es la plusvalía y qué grava.

El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) en el artículo 104.2 establece que

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos.”. 

Igualmente el art. 107 expone que “La base imponible de este impuesto está constituida por el incremento del valor de los terrenos, puesto de manifiesto en el momento del devengo y experimentado a lo largo de un período máximo de 20 años.”

A tenor de lo dispuesto en los citados artículos, se desprende que el objetivo de este impuesto es gravar el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Por tanto, a sensu contrario, no debería abonarse el mismo cuando el valor del terreno haya experimentado un detrimento.

Las sentencias más relevantes en esta materia son:

  • Tribunal Supremo, declarando como abusivas las cláusulas que impongan al comprador el pago del citado tributo (STS de 22 de octubre de 2014; STS de 17 de marzo de 2016).
  • Sentencia del 21 de Diciembre del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº1 de Málaga, vuelve a reafirmar la sentencia del TS. Versa sobre una persona que compró una vivienda por 220.000 euros cuando la economía estaba en su mejor momento, actualmente la tiene que vender por 70.000 euros, debiendo pagar aproximadamente 5.000 euros en concepto de plusvalía. El afectado acudió a los tribunales y el Juzgado le ha dado la razón obligando al Ayuntamiento a devolverle el dinero con los correspondientes intereses. La magistrada deja clara su postura: Si no hay revalorización de la vivienda, no hay plusvalía.
  • La reciente Sentencia del Tribunal Constitucional de 16 de Febrero 2017 ha estimado parcialmente la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Donostia en relación con la Norma Foral 16/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Territorio Histórico de Gipuzkoa. El Tribunal considera que el citado impuesto es contrario al principio de capacidad económica, previsto en el art. 31.1 CE.

Ahora una sentencia del Tribunal Constitucional vuelve a dar la razón al contribuyente: NO HABRÁ QUE PAGAR PLUSVALÍA CUANDO SE HAYAN OBTENIDO PÉRDIDAS REALES EN LA VENTA DE UN INMUEBLE. POR TANTO, NO HAY QUE PAGAR PLUSVALIA CUANDO NO HAYA BENEFICIO.

Esta sentencia obliga al Gobierno a cambiar la Ley de Haciendas Locales.

Si lo desea, puede remitirnos los documentos a [email protected], para proceder a su revisión:

  • ESCRITURA DE COMPRA O DE ASIGNACION POR HERENCIA.
  • ESCRITURA DE VENTA.
  • LIQUIDACION DE LA PLUSVALIA.

Century Abogados surge de la unión de Abogados Expertos en distintas materias en Málaga, que se unen para configurar una Corporación Jurídica que abarque todas las materias del Derecho. Nuestros principales compromisos son la seriedad y la profesionalidad. Contamos con más de 20 años de experiencia.

El equipo de CENTURY ABOGADOS comparten unos  principios y valores comunes:

Defensa de primer nivel, trabajo constante asi como servicio de atencion al cliente personalizado, orientado todo ello a que cuente con la mejor defensa posible y evite ser entregado al país reclamante.

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