Desahucios Alicante

Abogados Desahucios Alicante

Llame ahora: 900 82 35 31

 ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE

CENTURY ABOGADOS Alicante es una Firma Jurídica que cuenta con un equipo de abogados especializados en desahucios que le ofrece un tratamiento personalizado para evaluar su caso.

El equipo de CENTURY ABOGADOS, está formado por expertos en la materia de desahucios, cuentan con una amplia experiencia en estas situaciones (más de 20 años) y contará con el conocimiento teórico de la ley y la experiencia para el mejor asesoramiento posible de todos nuestros abogados.

Los tipos de desahucios que se pueden producir son:

  • Desahucio por reclamación de cantidades (por impagos y dinero debido)
  • Desahucio por expiración del plazo fijado contractual o legalmente.
  • Desahucio por precario, es decir, no existe un contrato o sin pago de renta.

Nuestros profesionales están cualificados para ofrecer el mejor servicio jurídico en casos de desahucios y desalojos, con la mayor ética y eficacia, logrando así los mejores resultados para su interés.

365 días al año 24 horas y más de 7.500 clientes satisfechos. Más de 20 AÑOS a su servicio.

Si necesita el asesoramiento de un abogado desahucios en Alicante puede llamarnos o contactar con nosotros a través del siguiente formulario.

Gabinete de abogados especialistas en Desahucios
  • Le atenderán abogados desahucios en Alicante especializados.
  • Se estudiará su caso para reclamar un desahucio express si fuese posible.
  • Sin duda, obtendrá su vivienda o local en el menor periodo posible.
Desahucios express

En muchas ocasiones nuestros abogados de desahucios en Alicante le aconsejarán el procedimiento de desahucio express si se produce alguna de estas situaciones: falta pago de rentas, expiración legal o contractual del plazo.  El demandante podrá anunciar el compromiso de condonar todo o parte de la deuda, a cambio de abandonar voluntariamente la finca en el plazo fijado (nunca inferior a 15 días).

Plazos para el desahucio
  • Un mes, si se trata de vivienda habitual y habitan en ella. Podrá prorrogarse (si existen motivos reales) dicho plazo un mes más.
  • Si el inmueble estuviera ocupado por terceras personas (diferentes de las anteriormente señaladas), el tribunal, tan pronto como conozca su existencia, les comunicará que en el plazo de diez días, presenten al tribunal los títulos que justifiquen esa situación.
 ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE  ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE  ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE  ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE ABOGADO DESAHUCIOS ALICANTE