Abogado Entrenador Fútbol Normativa

ENTRENADOR FUTBOL Y NORMATIVA LEGAL DERECHO DEPORTIVO  abogado entrenador futbol

Pese a que las grandes estrellas del balompié suelen ser los futbolistas, no debemos obviar la importancia que tiene sobre ellos la figura del entrenador. Y de regular su marco jurídico-legal se encarga el Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol, concrétamente en el Capítulo I, dentro del título III, o lo que es lo mismo, en el artículo 152 y siguientes.abogado entrenador futbol   – entrenador futbol – abogados de malaga – abogados en malaga – mejor abogado de malaga –

El contrato y sus características entrenador futbol

Estos contratos, ya sean de los entrenadores, segundos entrenadores o entrenadores de porteros, deben cumplir unos requisitos tasados en la norma, y así lo exige el artículo 158, determinando las circunstancias que deben hacerse constar en ellos, a saber: abogado entrenador futbol

Nombre de las partes intervinientes, representación que ostenten, lugar, fecha y sello del club

Cualidad del entrenador (ya sea profesional o no profesional) y clase de titulación que posee.

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Funciones y responsabilidades a desempeñar

Condiciones económicas en el caso de entrenadores profesionales

Período de vigencia del contrato abogados de malaga – entrenador futbol – abogados malaga 

El mismo debe expedirse seis copias, los cuales se distribuirán para la RFEF, federación de ámbito autonómico, comité de entrenadores, comité de entrenadores de ámbito autonómico, club, interesado (entrenador) y en su caso, LFP. abogado entrenador futbol

Por su parte, el artículo 159 obliga a contratar a un entrenador (con el título equivalente) a los equipos adscritos a una categoría nacional, a la misma vez que anuncia la posibilidad de contratar a más ayudantes, citando un párrafo final que dice

«no se diligenciará licencia de segundo entrenador o entrenadores ayudantes si el equipo en cuestión no tuviera inscrito primer entrenador«. abogado entrenador futbol

Así pues, un equipo puede tener un cuerpo técnico compuesto de un solo entrenador, ya que los demás puestos del mismo son de carácter potestativo para el club, pero no se permite que no exista la figura del primer entrenador, tal como se encarga de recordar el artículo 160 que anuncia medidas disciplinarias para el club que infrinja esta norma. abogado entrenador futbol

En cuanto a la posición de los entrenadores una vez resuelto el contrato, debemos tener en cuenta que éstos no podrán actuar en la misma temporada en un club español, sea cual sea la división,

Salvo que el club al que hayan entrenado entrara en concurso de acreedores de manera posterior a su destitución, en cuyo caso si podrá fichar por otro club de otra distinta categoría u otro grupo dentro de la misma categoría (imaginemos la segunda division b y sus distintos grupos).

Ante estas situaciones, es conveniente un Abogado Especialista en Deporte y Contratos, el cual le asesorara en el marco de lo mas beneficioso para sus intereses abogado entrenador futbol

Garantizando el salario acordado en trenador futbol

Por último, podemos ver una gran defensa de esta figura deportiva por parte de la rfef.

Y es que cita el artículo 163.1 «no se tramitará licencia de entrenador alguno al club que, habiéndola solicitado, no haya satisfecho o garantizado la totalidad de las cantidades que, en su caso, adeudara al entrenador o entrenadores anteriores»abogado entrenador futbol

Es decir, si un club termina el contrato con un entrenador y le debe dinero, ya sea en concepto de salarios o indemnización, no podrá fichar a otro entrenador. Y esto puede tener dos consecuencias distintas en función de la figura que se trate: abogados de malaga – abogados en malaga

  1. Si estamos ante un segundo entrenador o entrenador de porteros, el club no podrá fichar a otro en su puesto, sin ninguna consecuencia más ( a efectos discplinarios), puesto que su contratación es potestativa, tal como hemos visto en el artículo 159 rrfef. abogado entrenador futbol
  2. Si por el contrato, estamos ante un entrenador, el club se encuentra obligado a pagar las cantidades que se deban, ya que es la única figura obligatoria dentro de un cuerpo técnico, y de no tramitarse la licencia y fichaje del sustituto, el club tendrá que asumir las medidas disciplinarias correspondientes abogado entrenador futbol

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