Constitución Club Deportivo

La constitución de un Club Deportivo Derecho del Deporte  a bogados club deportivo

El area de deporte de la firma CENTURY ABOGADOS, le detallan los pasos a seguir para el caso de que quiera constituir un club deportivo, y le asesoraran en su constitucion – abogados club deportivo –

Para empezar hacen falta al menos 5 personas para crear el club.

Hay dos modalidades de club, el Club Deportivo Elemental y el Club Deportivo Básico.

El Club Deportivo Básico busca el fomentar la practica deportiva entre sus asociados en actividades y competiciones deportivas.

El Club Deportivo Elemental fomenta del deporte de forma lúdica y recreativa, como ocupación del tiempo libre.

Los dos primeros documentos que hay que hacer son el Acta Fundacional y los Estatutos, para ello hay dos modelos establecidos por el Gobierno de tu provincia.

Este trámita se realizará ante notario en el caso del Club Deportivo Básico, para el Elemental no es preciso. Estos documentos se presentan en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de tu provincia), junto con las copias de los DNI’s de los componentes de la Junta Directiva. Una vez registrado el club en el RED se deberá solicitar el CIF en la Agencia Tributaria a través del modelo 036.

Finalmente se puede dar de alta en la Federación como club nuevo, presentando fotocopia de:

Acta Fundacional.

Estatutos.

Registro en el RED

CIF

Impreso de solicitud de licencia de club (se adjunta)

Resguardo de la transferencia a favor de la FCC de 240 € (licencia de club nuevo).

Los clubs deportivos (excluímos de ésta página, las sociedades anónimas deportivas), son entidades sin ánimo de lucro, destinados a la competición deportiva. Cuando creamos un club, después de haber dado los pasos necesarios para constituirlo, tenemos que tener en cuenta las siguientes circunstancias: abogados club deportivo – abogados de malaga – abogados en malaga –

Un club deportivo está abierto a todo aquel que quiera incorporarse a él, no podemos apenas restringir la entrada de socios. No podemos entender un club deportivo, como si fuera una compañía mercantil, pues no se parece en nada. La incorporación y baja de socios debe ser prácticamente libre, solo puede limitarse la entrada en supuestos de que los socios no tengan nada que ver con los fines del club.

El club deportivo está gestionado por el presidente, la junta directiva y la asamblea general. La Asamblea General, es la reunión de todos los socios del club. Los que no son socios no pueden acudir. La Asamblea se reune al menos una vez al año, para aprobar las cuentas del club.El que dice cuando se reune la Asamblea es el Presidente por que él lo decide, o a petición de la Junta Directiva. La Asamblea General decide quién es el Presidente, quien forma parte de la Junta Directiva, y también aprueba los estatutos del club, las cuotas que deben pagar los socios. La Junta Directiva, son unos socios del club que por votación salen elegidos. Proponen a la Asamblea General, las modificaciones de los estatutos, las cuotas a pagar, etc. Normalmente se compone de un secretario, que lleva las actas, y un tesorero como mínimo. Cuando se es elegido miembro de la Junta Directiva es normalmente por 4 años. No se puede pertenecer a dos o mas Juntas Directivas de clubs distintos. abogados club deportivo – abogado de malaga – abogados de malaga – abogado en malaga – abogados en malaga – mejor abogado de malaga – mejor abogado en malaga – derecho deportivo –

El Presidente, es un socio elegido por los demás. Tiene la representación del club. Suele elegirse normalmente por 4 años. Preside la Junta Directiva, la convoca, y convoca también la Asamblea General. Es el responsable máximo del club, y tiene que velar por el cumplimiento de los estatutos del club. abogados club deportivo – abogado de malaga – abogados de malaga – abogado en malaga – abogados en malaga – mejor abogado de malaga – mejor abogado en malaga – derecho deportivo –

Para los clubs deportivos, existen numerosas subvenciones autonómicas, normalmente para realizar competiciones. Estas subvenciones se consiguen en la Dirección General de Deportes, que dependerá de la Consejería de Deportes (normalmente se une a la de cultura o a la de educación, según las autonomías). Para obtener la subvención, hay que competir, y no tener deudas con hacienda o la seguridad social.

Los clubs deportivos, al ser entidades sin ánimo de lucro, no tributan por el impuesto de sociedades ni por el IVA, salvo que realicen alguna actividad por la que reciban dinero que no pertenezca a una subvención. Por ejemplo, supongamos que el Ayuntamiento de Malaga organiza un evento, tipo campeonato de tenis, y contrata a un club de tenis sin ánimo de lucro para organizar dicho evento. Este club de tenis, como lo que percibe no es una subvención, debe hacer una factura con el IVA correspondiente, e ingresarlo en hacienda, y esto a pesar de estar exento de IVA, pues la exención es solo para las actividades del club con los socios, y no con terceros.

Cuando un club cobra una mensualidad de un socio, hace un recibo sin IVA. Cuando se constituye un club, lo primero que hay que hacer es ir a la administración de hacienda a solicitar la exención de IVA. Pero la exención alcanzará solo para las actividades del club, como por ejemplo, competiciones, y servicios que se presten a los socios, pero no alcanzará al resto de actividades.

Cuando se constituye el club, hay que inscribirse en la federación correspondiente.

Si un club cobra por realizar algún tipo de publicidad, por ejemplo, poner Century Abogados en sus camisetas, hará una factura con IVA. Si en el club ponen un bar, si el bar lo gestiona el propio club, tendrá que darse de alta en hacienda por la actividad de bar, y pagar el IVA. Si se pone un kiosko, lo mismo. Es decir, la exención de impuestos que tienen los clubs, por ser entidades sin ánimo de lucro, alcanza solo a la actividad sin ánimo de lucro, pero no a todas las actividades. Para entenderlo mejor, una exageración. Imaginemos un club deportivo que decide fundar una compañía aérea. Evidentemente, la venta de billetes de los aviones llevarían IVA (este supuesto no puede realizarse en la realidad, es una exageración).

Los cargos de la Junta Directiva y de Presidente suelen ser sin retribución. Pero si el club contrata a algún empleado, en el ordenamiento jurídico laboral el club es un empresario respecto del empleado, y tiene las mismas obligaciones que un empresario, y debe cumplir la normativa laboral como un empresario, hacer la evaluación de riesgos, contratar el seguro del convenio, etc. El convenio colectivo, en caso de que el empleado sea un monitor, será el de la enseñanza privada no reglada, y si el empleado es un deportista profesional, el convenio de deportistas profesionales. Es decir, puede haber dos actividades diferentes con dos convenios distintos. Es conveniente, a la hora de dar de alta en seguridad social al empleado, poner el epígrafe de accidentes con primas lo más altas posibles, para evitar problemas con las mutuas de accidente de trabajo.

Consulte a nuestros profesionales, recuerde que Century Abogados tiene sede en Córdoba, Málaga, Marbella y Madrid, así como en Fuengirola y Torremolinos Marbella en la Costa del Sol. Llámenos, estaremos encantados de atenderle.

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